Proceso contra Antonio de Acuña por los delitos cometidos durante la guerra

12-04-1524

Contenido del documento

Proceso formado por Pedro Ruiz, fiscal del Consejo Real, contra Antonio de Acuña, obispo de Zamora, por los delitos cometidos durante el levantamiento de las Comunidades.

Contexto histórico

Tras la derrota de Villalar, el capitán comunero Antonio de Acuña huyó de Toledo pero fue detenido en Navarra, tres semanas después. Fue encarcelado en un castillo cerca de Nájera mientras el emperador Carlos V preparaba el proceso que se había de abrir contra él y por el que se solicitaron en Roma las autorizaciones pertinentes. El Papa pretendía resolver personalmente el asunto. El Emperador, al contrario, deseaba que el proceso se celebrase en España. Finalmente, el Papa autorizó al cardenal Adriano a instruir el proceso, pero le impuso dos condiciones: Acuña no sería sometido a tormento y el juicio definitivo se celebraría en Roma. En marzo de 1522, el cardenal Adriano fue elegido Papa y salió para Roma. Unos meses después, volvió el Emperador a España y decidió llevar el asunto personalmente. Ordenó que Acuña fuera trasladado a la fortaleza de Simancas, solicitó del Papa plenos poderes para que obispos españoles pudieran juzgarlo, someterlo a tormento y ejecutar la sentencia. Adriano VI pareció aceptar aquella situación y, a principios de febrero de 1523, el obispo de Burgos, Fonseca, dio comienzo al proceso que fue continuado por Antonio de Rojas, arzobispo de Granada y presidente del Consejo Real. La acción judicial se prosiguió hasta que, en febrero de 1526, Antonio de Acuña intentó huir de Simancas. Con la complicidad de una esclava y del capellán de Simancas, pudo hacerse con un puñal y una piedra que disimuló en una bolsa como si fuera su breviario. El 24 de febrero, mientras Acuña se hallaba conversando con el gobernador de Simancas, Mendo Noguerol, tomó de repente del brasero un puñado de cenizas ardientes y las lanzó a los ojos del carcelero, a continuación, le golpeó con la piedra y lo remató a puñaladas, y, cuando se disponía a abandonar su celda, apareció de improviso el hijo de Noguerol que da en seguida la voz de alarma. Acuña perdió tiempo preparando la cuerda que le había de servir para deslizarse por el muro. Los guardias se precipitaron sobre él y lo detuvieron. Encarcelado otra vez, Acuña fue objeto de un nuevo proceso, que instruyó el alcalde Ronquillo, quien, el 22 de marzo, lo sometió a tormento y pronunció la sentencia de muerte el día siguiente. Acuña fue ahorcado el 24 de marzo de 1526 en la misma fortaleza de Simancas. Cuando ordenó la reapertura del proceso, Carlos V puso al Papa ante los hechos consumados sin intentar disimular la gravedad de una acción contra un prelado. Se consideró como excomulgado y, a la espera de la absolución papal, se abstuvo de acudir a la iglesia. El breve de absolución no tardó mucho en llegar, en lo que se refería al Emperador; Ronquillo y el verdugo tuvieron que esperar hasta septiembre de 1527, tras una ceremonia de expiación en la Catedral de Palencia, cuando fueron absueltos de todas sus culpas por haber dado muerte a un obispo. Sin embargo, aplicando al caso de Ronquillo una vieja leyenda, que recogerá Zorrilla en su obra El alcalde Ronquillo o el diablo en Valladolid, la imaginación popular se apoderó de la figura del juez, alma en pena destinada a expiar eternamente el pecado de haber dado muerte a un obispo. (Fuente RAH).

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Título según el archivo:

Proceso formado por Pedro Ruiz, fiscal del Consejo Real, contra Antonio de Acuña, obispo de Zamora, por los delitos cometidos durante el levantamiento de las Comunidades.

Fecha del documento:

12-04-1524

Archivo del que procede:

Archivo General de Simancas

Signatura:

PTR,LEG,4,56

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